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Florida §713.06

Ley NTO de Florida: Lo que Necesita Saber

Comprender los requisitos de su Aviso al Propietario es el primer paso para proteger su derecho a recibir pago.

Lo que Exige Florida §713.06

En Florida, la mayoría de los subcontratistas y proveedores que no tienen un contrato directo con el propietario deben notificar un Aviso al Propietario (NTO) antes de poder reclamar un gravamen de construcción bajo los Estatutos de Florida §713.06. No cumplir con este aviso significa perder sus derechos de gravamen, permanentemente.

El NTO debe entregarse al propietario (y en algunos casos al contratista general) por correo certificado o entrega en mano dentro de un plazo estricto. Los tribunales de Florida han dictaminado que incluso un día de retraso cancela completamente los derechos de gravamen.

  • Quién Debe Presentar
    Subcontratistas, sub-subcontratistas, trabajadores y proveedores de materiales sin un contrato directo con el propietario.
    Conozca su función →
  • Plazo
    Dentro de los 45 días del primer suministro de mano de obra o materiales al proyecto. Sin excepciones.
  • Método
    Debe enviarse por correo certificado, correo registrado o entrega en mano al propietario (y al contratista general si corresponde).
  • Formulario
    Debe cumplir sustancialmente con el formulario estatutario en §713.06(2)(c), incluyendo lenguaje específico sobre derechos de gravamen y la dirección de la propiedad.

Consecuencias del incumplimiento: Si pierde la ventana de 45 días, pierde permanentemente su derecho a presentar un gravamen de mecánico en ese proyecto. Esto significa que si no le pagan, no tiene recurso de gravamen. Solo una demanda contra el contratista, que es más lenta y costosa.